Una vez finalizado el plazo establecido por el calendario electoral se proclama la composición definitiva de la nueva Asamblea General de la Federación Andaluza de Natación que estará operativa para el próximo ciclo 2016 - 2020.

La Asamblea General, es el máximo órgano de gobierno y representación de nuestra federación, y está integrada por los estamentos de clubes, deportistas, técnicos y árbitros elegidos democráticamente. Está compuesta por 65 asambleístas. Se reunirá, como mínimo, una vez al año con carácter ordinario. Las funciones de la Asamblea General vienen especificadas en los artículos 19 y 20 de los Estatutos de la F.A.N., y entre otras tiene las siguientes competencias exclusivas:

Las Mesas Electorales: (Artículo 14 del Reglamento Electoral).

El próximo viernes 11 de marzo de 2016, se realizarán las ELECCIONES A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL de la Federación Andaluza de Natación.

Para la elección de los miembros de la Asamblea General en cada circunscripción electoral, se constituirá una Mesa Electoral integrada por un miembro de cada estamento deportivo, designados por sorteo en reunión de la Comisión Electoral Federativa, quedando constituida con la presencia de, al menos, dos de sus miembros. Será designado como Presidente el de mayor edad y como Secretario el de menor edad.

Procesos electorales

EL voto por correo se regula mediante la Orden de 4 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Orden de 31 de julio de 2007, por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas.

En concreto dicha orden modifica el artículo 18 apartado 2 de la Orden de 31 de julio de 2007 estableciendo 3 modalidades diferentes para ejercer el voto por correo, aunque una de ellas, la relativa al voto electrónico, todavía no está implementada por la Consejería competente en materia de deporte por lo que no sería válida para el proceso electoral en curso.

Los plazos para la votación por correo en cualquiera de las dos modalidades restantes, y según lo establecido por el calendario electoral, es el siguiente:

Procesos electorales

¿Qué es la Comisión Electoral Federativa? (Artículo 13 del Reglamento Electoral de la F.A.N.).

Es el órgano federativo encargado de controlar que el proceso electoral se ajusta a la legalidad. Le corresponde, entre otras, las siguientes funciones:

  • La admisión y proclamación de los candidatos/as.
  • El conocimiento y resolución de las impugnaciones y reclamaciones que se formulen durante el proceso electoral.
  • La proclamación de los asambleístas y del Presidente/a electo/a.
  • La modificación del Calendario Electoral.

Elecciones FAN

Con la convocatoria de elecciones se produce en efecto la disolución de la Asamblea de la federación, finaliza el mandato del Presidente y de la Junta Directiva, constituyéndose ambos órganos en Comisión Gestora, asistiéndola como Secretario el de la propia federación.

Por tanto, ¿Qué es la Comisión Gestora? Según lo establecido por el Artículo 12 del Reglamento Electoral de la F.A.N., la Comisión Gestora es el órgano encargado de administrar la Federación Andaluza de Natación durante el proceso electoral. Por tanto, el Presidente de la FAN, así como la Junta Directiva, pasan a formar parte y constituirse como Comisión Gestora.

Elecciones FAN

Según lo establecido en la Orden de 31 de julio de 2007, por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas, publicada en BOJA nº 158 de 10 de agosto; en la Orden de 4 de noviembre de 2013, por la que se modifica la de 31 de julio de 2007, publicada en BOJA nº 218 de 6 de noviembre; y en el Reglamento Electoral de la Federación Andaluza de Natación, aprobado por Asamblea General de 20 de octubre de 2007 y modificado por Asamblea General Extraordinaria de 24 de octubre de 2015; el Presidente de la F.A.N., D. Juan Viota, a día 4 de enero de 2016:

 

CONVOCA EL PROCESO ELECTORAL

A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL

Y PRESIDENTE

DE LA FEDERACIÓN ANDALUZA DE NATACIÓN

 

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