Procesos electorales

EL voto por correo se regula mediante la Orden de 4 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Orden de 31 de julio de 2007, por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas andaluzas.

En concreto dicha orden modifica el artículo 18 apartado 2 de la Orden de 31 de julio de 2007 estableciendo 3 modalidades diferentes para ejercer el voto por correo, aunque una de ellas, la relativa al voto electrónico, todavía no está implementada por la Consejería competente en materia de deporte por lo que no sería válida para el proceso electoral en curso.

Los plazos para la votación por correo en cualquiera de las dos modalidades restantes, y según lo establecido por el calendario electoral, es el siguiente:

  • Martes, 23 de febrero. Proclamación definitiva de las candidaturas para miembros de la Asamblea General.
  • Miércoles, 24 de febrero. Comienza el plazo de recogida de las papeletas y sobres para ejercer el voto por correo en las delegaciones provinciales excepto en las de Jaén y Huelva que se enviará por correo postal a los interesados que lo soliciten.
  • Viernes, 26 de febrero. Último día para poner en disposición de los interesados las papeletas y sobres de voto por correo.
  • Domingo, 6 de marzo. Último día para ejercer el derecho al voto por correo. Por tanto, las fechas según la modalidad que se escoja para el voto por correo sería la siguiente:
    • En las Delegaciones Territoriales de la Consejería: Del martes 1 al viernes 4 de marzo.
    • A través del servicio de Correos: Desde el día 24 de febrero al domingo 6 de marzo.

Voto por correo en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Turismo y Deporte de la Junta de Andalucía:

Horario de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 horas; y de 16.00 a 19.00 horas los lunes, martes y jueves.

Procedimiento:

La persona interesada acudirá a la Delegación Territorial de la Consejería de Deporte, y acreditará su personalidad mediante los siguientes documentos originales: DNI, Permiso de Residencia, Pasaporte o Permiso de Conducir. (no se admitirán fotocopias o documentos caducados).

Una vez verificada la identidad de la persona por el personal funcionario, se introducirán en un sobre (suministrado por la FAN) los siguientes documentos:

  • Escrito (MODELO ELECFAN-10, pág.1) firmado, indicando la emisión de su voto por esta modalidad y sellado por el personal funcionario (se puede llevar una copia del mismo para conservarla el interesado si lo desea).
  • Fotocopia del DNI, Pasaporte, Permiso de Residencia o Permiso de Conducir.
  • Fotocopia de la Licencia Federativa en vigor (se puede imprimir directamente desde el ISIS o se solicitará copia a la Delegación correspondiente de la FAN).
  • Sobre con la votación previamente cerrado, que contendrá una sóla papeleta de voto, según el modelo oficial suministrado por la federación.

Voto por correo mediante certificado urgente y previa legitimación de firma ante Notario, a través del servicio de Correos:

Más complejo que el anterior y con necesidad de legitimizar la firma ante notario para poder ejercerlo.

Procedimiento:

La persona interesada acudirá a una oficina de Correos y Telégrafos y remitirá, mediante correo certificado urgente, un sobre (suministrado por la FAN) con la siguiente documentación:

  • Escrito (MODELO ELECFAN-10, pág.2), con firma notarialmente legitimada de la persona electora, indicando la emisión de su voto por esta modalidad.
  • Fotocopia de su DNI, Pasaporte, Permiso de Residencia o Permiso de conducir en vigor.
  • Fotocopia de la licencia federativa en vigor.
  • Sobre de votación previamente cerrado (suministrado por la FAN), que contendrá una sola papeleta de voto, según modelo oficial suministrado por al federación.

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