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Comisiones Técnicas

COMISIONES TÉCNICAS DE LA FAN

En el Libro III del Reglamento Electoral de la F.A.N. se establece que el Presidente de la FAN, de acuerdo con lo especificado en los Estatutos, cuando lo considere conveniente para el estudio y análisis de cuestiones concretas y específicas, podrá constituir cualquier tipo de Comisión, determinando en cada caso su composición.

En el Capítulo III de Órganos Técnicos del Estatuto de la FAN, se regula el funcionamiento de las Comisiones (artículos 58 y 59):

  • El Presidente de la FAN, para el mejor cumplimiento de los fines federativos, podrá crear cuantas Comisiones Técnicas considere oportunas.
  • Las comisiones tienen carácter de órganos asesores de la Junta Directiva y del Presidente.
  • Tienen como función específica la elaboración de informes y de propuestas relacionadas con la planificación deportiva y reglamentos de competiciones.

 

 
 
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